Funciones y competencias

Funciones y Competencias de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa.

A la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa le corresponden, con carácter general, las siguientes funciones:
1.- En materia de Administración Local:
a) El estudio y propuesta en materia de personal, organización, bienes y servicios de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha.
b) El asesoramiento jurídico y emisión de informes en el ámbito de sus competencias en materia de administración local.
c) La gestión del Fondo Regional de Cooperación Local y de las ayudas atribuidas a la consejería para la cooperación con las Entidades Locales de Castilla-La Mancha en la financiación de inversiones en obras y equipamientos de competencia local.
d) La secretaría administrativa de los órganos de representación de los Municipios y Provincias en las instituciones de la Junta de Comunidades.
e) La promoción de actividades de cooperación con las Entidades Locales de la Región, el fomento de Mancomunidades de Municipios y del asociacionismo municipal.
f) La constitución y disolución de Agrupaciones municipales a efectos del sostenimiento en común de puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
g) Las autorizaciones en materia de bienes de las Entidades Locales, siempre que no estén atribuidas a otro órgano de la Administración de la Junta de Comunidades.
h) La designación de empleados públicos de la Administración de la Junta de Comunidades para su participación en los órganos de selección de procesos selectivos convocados por las Entidades Locales, a solicitud de éstas, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 14.1.l) de este decreto.
i) La creación, clasificación, supresión y provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
j) La exención de la obligación de mantener el puesto de trabajo con funciones públicas de Secretaría, cuya responsabilidad administrativa esté reservada a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
k) El nombramiento de funcionarios interinos para ocupar puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional.
l) La tramitación de las peticiones de dictámenes que las Corporaciones Locales formulen al Consejo Consultivo. m) La iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de revisión de oficio, responsabilidad patrimonial y recursos administrativos, cuando se refieran a resoluciones dictadas en materia de personal, organización, bienes y servicios de las Entidades Locales por la persona titular de la Viceconsejería o de la Consejería. n) La emisión del informe vinculante sobre inexistencia de duplicidades establecido en el apartado 4 del artículo 7 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local.
2.- En materia de coordinación.
a) Coordinación con las direcciones generales que tengan competencias específicas que afecten a las entidades locales, como protección civil, policía local y empleo público local.
b) La iniciativa, impulso, coordinación y racionalización de los procedimientos administrativos.
c) La ordenación y gestión del registro y protectorado de fundaciones, del registro de asociaciones, así como de los registros de Colegios Profesionales y Consejos Profesionales y las resoluciones relativas a las solicitudes de inscripción o anotación en dichos registros.
d) La ordenación y gestión del Registro General de Convenios de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
e) El impulso y coordinación de la gestión de calidad en la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha y la elaboración de estudios de necesidades, planes de calidad, programas y cartas de servicios en relación con las competencias asignadas.
f) La elaboración y control del Diario Oficial de Castilla-La Mancha y su publicación en sede electrónica, así como la elaboración y publicación de recopilaciones o separatas de textos normativos y la publicación de artículos y estudios de interés sobre la organización y el régimen jurídico de las administraciones públicas.
g) La gestión de las oficinas o sistemas corporativos de atención e información a la ciudadanía.
h) La administración y control del Registro Único.
i) La administración y control de las quejas y sugerencias.
j) El impulso, dirección y coordinación de la sede electrónica y del archivo electrónico.
k) El teléfono único de información 012.
l) La ordenación y gestión del Registro de Parejas de Hecho de Castilla-La Mancha.
m) La legalización de firmas de los titulares de los órganos y unidades administrativas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como de las Corporaciones Locales que lo soliciten, en los documentos que hayan de producir efectos en el extranjero.
n) La infraestructura de los procesos electorales autonómicos y las relaciones con las Juntas Electorales.
ñ) Tramitar el nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles del territorio de Castilla-La Mancha.
o) Participar en la fijación de la sede de las demarcaciones notariales y registrales
3.- En materia de archivos:
a) La superior dirección del Archivo de Castilla-La Mancha, en orden a la coordinación y desarrollo de los planes estratégicos y actuaciones de la Junta de Comunidades en materia de archivos públicos, incluida la cooperación con los archivos de las Entidades Locales de la Región y el fomento de la formación del personal técnico, así como el ejercicio de la potestad sancionadora.
b) La elaboración de las disposiciones de carácter general respecto al Sistema de Archivos de Castilla-La Mancha y la normativa específica del Subsistema de Archivos de los órganos de Gobierno y de la Administración de la Junta de Comunidades, incluida la relativa a la Política de Gestión de Documentos de su Sector Público, así como el impulso y coordinación de la Comisión Calificadora de Documentos de Castilla-La Mancha.
4.- Se adscribe a la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa el Archivo de Castilla-La Mancha.
5.- Bajo la dependencia de la Viceconsejería de Administración Local y Coordinación Administrativa se encuentra la Dirección General de Protección Ciudadana.

Funciones y Competencias de la DG de Protección Ciudadana

1.- A la Dirección General de Protección Ciudadana le corresponden las siguientes funciones:
a) La dirección, planificación y coordinación de la protección civil regional.
b) La gestión del Registro de Agrupaciones y Voluntarios de Protección Civil de Castilla-La Mancha.
c) El asesoramiento jurídico y emisión de informes en el ámbito de sus competencias.
d) La ejecución de las competencias que le atribuye el Plan Territorial de Emergencia de Castilla-La Mancha.
e) La gestión del Registro de Planes de Autoprotección de Castilla-La Mancha.
f) La promoción de actividades de cooperación y gestión de calidad con las entidades locales de la región en el ámbito de la protección civil.
g) El apoyo administrativo y técnico a la Comisión de Protección Civil y Emergencias de Castilla-La Mancha.
h) La coordinación y prestación del Servicio de Atención de Urgencias a través del Teléfono Único Europeo de Urgencias 112.
i) La coordinación de las policías locales dependientes de los municipios de Castilla-La Mancha, mediante su actuación en las áreas de selección y formación, homogeneización de medios y asesoramiento, en el ámbito establecido por la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha y su normativa de desarrollo.
j) La superior dirección de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha.
k) El registro de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
l) El apoyo administrativo y técnico a la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
m) La clasificación de las plazas de toros.
n) La autorización del funcionamiento de las escuelas taurinas con sede en el territorio de Castilla-La Mancha, así como su renovación.
ñ) La autorización de los eventos y pruebas deportivas que se celebren en dos o más provincias de la Región.
o) La resolución de los recursos administrativos de alzada contra las resoluciones de las Delegaciones Provinciales de la Consejería, en materia de espectáculos públicos.
p) La colaboración y cooperación con otras Administraciones Públicas o entidades en el ámbito de la Protección Ciudadana.
q) La designación de un funcionario de carrera en los tribunales calificadores o comisiones de valoración de las pruebas selectivas o de provisión, convocadas por las entidades locales de Castilla-La Mancha, para la cobertura de plazas pertenecientes a sus cuerpos de policía local, o cualesquiera otros puestos de trabajo directamente relacionados con la protección ciudadana, a petición de éstas.
r) La designación de la vocalía de la Administración Autonómica en las Juntas Locales de Seguridad de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha
s) En general, cuantas funciones tengan relación con la protección ciudadana y sean competencia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, así como aquellas que le puedan ser atribuidas por la legislación vigente en la materia.
2.- A la Dirección General de Protección Ciudadana se adscriben la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha y el Servicio de Atención y Coordinación de Urgencias y Emergencias 1-1-2 de Castilla-La Mancha.

Funciones y Competencias de la DG. de Función Pública

1.- A la Dirección General de la Función Pública le corresponden las siguientes funciones:
a) Las relaciones con las organizaciones sindicales, la participación, coordinación, evaluación, seguimiento y elaboración, en su caso, de las propuestas concernientes a acuerdos relativos a la interlocución con los sindicatos en materia de personal, así como las propuestas de acuerdos y convenios sobre los empleados públicos.
b) La Dirección de las Mesas Generales de Negociación, de la Mesa Sectorial de personal funcionario de Administración General y de las Comisiones Negociadora y Paritaria de los convenios colectivos del personal laboral, así como el concierto y firma de los pactos sobre condiciones de trabajo de los empleados públicos siempre que versen sobre materias que no sean competencia del Consejo de Gobierno.
c) Informar sobre la oportunidad e idoneidad del comienzo de negociaciones para la determinación o modificación de las condiciones de trabajo en las Mesas Sectoriales de personal docente no universitario y de personal estatutario. d) La gestión, coordinación y apoyo a los procesos electorales de los representantes del personal funcionario y laboral de Administración General.
e) La planificación, diseño, aplicación y coordinación de los programas de actuación preventiva, la promoción de la salud laboral, análisis de los accidentes de trabajo y la elaboración de estudios y asesoramiento en materia de Salud Laboral.
f) La elaboración de la normativa e instrucciones en materia de función pública.
g) El asesoramiento jurídico y emisión de informes en el ámbito de sus competencias.
h) El asesoramiento en materia de recursos humanos, así como la colaboración, asistencia y coordinación de los órganos con competencias en materia de personal.
i) La coordinación con los órganos directivos de la Consejería u Organismo Autónomo competentes en personal docente y personal al servicio de las instituciones sanitarias públicas, para la adecuada gestión de dicho personal. j) La elaboración de la oferta de empleo público, así como la gestión de las convocatorias de pruebas selectivas que no estén atribuidas a otras Consejerías u organismos autónomos.
k) La gestión de los concursos generales de méritos de personal funcionario y laboral de Administración General.
l) La elaboración de estudios, proyectos y directrices en materia retributiva y de puestos de trabajo, así como la gestión de las relaciones de puestos de trabajo de personal funcionario, laboral y eventual.
m) La gestión del Registro de Personal.
n) La gestión y la resolución de los expedientes de incompatibilidades del personal funcionario y del personal laboral, excepto aquellos que estén expresamente atribuidos a otros órganos.
ñ) La gestión de las competencias que el Decreto 22/1989, de 7 de marzo, atribuye a la Dirección General competente en materia de Función Pública.
o) La gestión de la nómina que tenga el carácter de centralizada, sin perjuicio de la gestión recaudatoria en periodo voluntario de las nóminas con líquido negativo y de la función de colaboración que corresponde a las jefaturas de personal.
p) La iniciación, tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de revisión de oficio, responsabilidad patrimonial, y recursos administrativos, cuando se refieran a resoluciones y actos dictados en materias cuya gestión corresponda a la Dirección General de la Función Pública.
q) La planificación, diseño y ejecución de los programas de formación de los funcionarios y del personal laboral, excepto aquellos que estén expresamente atribuidos a otros órganos.
r) La superior dirección de la Escuela de Administración Regional de Castilla-La Mancha.
s) La emisión de cuantos informes en materia retributiva o de personal se asigne a la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.
2.- La Escuela de Administración Regional y el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Administración de la Junta de Comunidades se adscriben a la Dirección General de la Función Pública.

 

Funciones y Competencias de la Dirección General de Comunicación

1. A la Dirección General de Comunicación, con rango de Viceconsejería, le corresponde la dirección y ejecución de la política informativa del Gobierno y de su Presidenta. A tal fin, asume como funciones la elaboración y difusión de los comunicados de la Presidenta, la asistencia y organización de actividades públicas de ésta, las relaciones con los medios de comunicación social y la coordinación y dirección de la política informativa del resto de departamentos de la Administración Regional.
2. La elaboración de las normas y establecimiento de criterios a seguir en la realización de programas, herramientas y páginas Web del portal corporativo jccm.es, así como del resto de portales del Sector Público Regional y la dirección de los trabajos de publicación, soporte y mantenimiento del portal corporativo

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Funciones y Competencias de la Dirección General de Promoción Institucional

La Dirección General de Promoción Institucional ejercerá.
1. La dirección, planificación y desarrollo de la comunicación de la acción institucional del Gobierno, así como la elaboración de las correspondientes normas y directrices de aplicación en esta materia, y la gestión y coordinación publicitaria.
2. La dirección de la imagen institucional de la Junta de Comunidades, así como la coordinación y seguimiento del correcto uso y aplicación de la identidad corporativa en los diferentes ámbitos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
3. La asistencia y asesoramiento en materia de su competencia a las distintas Consejerías, organismos y entidades de la Administración de la Junta de Comunidades.
4. La elaboración de las normas y establecimiento de criterios a seguir en la realización de programas, herramientas y páginas web del portal corporativo www.castillalamancha.es, así como del resto de portales del Sector Público Regional y la dirección de los trabajos de publicación, soporte y mantenimiento del portal corporativo.

 

Funciones y Competencias de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital

A la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital le corresponde, de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y demás leyes que lo desarrollan:
a) La elaboración del anteproyecto de ley de presupuestos generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.
b) El estudio, propuesta, ejecución y control de las cuestiones relacionadas con la política financiera y crediticia, la emisión y gestión de la deuda pública.
c) Las funciones derivadas de la normativa sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
d) La ordenación de pagos.
e) La administración, gestión y recaudación de los derechos económicos de la hacienda pública de Castilla-La Mancha y la revisión en vía administrativa de los actos relativos a los ingresos de naturaleza pública conforme a lo determinado por la normativa vigente.
f) Las funciones de control interno y contabilidad pública, conforme al texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla- La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre.
g) La elaboración de los planes y programas, así como la coordinación, seguimiento y evaluación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).
h) El desarrollo normativo y la coordinación en materia de contratación del sector público regional.
i) La administración del patrimonio de la Comunidad Autónoma, así como su representación extrajudicial, en los términos establecidos en la normativa de patrimonio de Castilla-La Mancha.
j) Las competencias en materia de casinos, juegos y apuestas.
k) Las competencias en materia de cajas y entidades de crédito y en materia de mediación de seguros privados.
l) La planificación, dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones en materia de sociedad de la información y comunicaciones corporativas, así como el impulso, dirección y coordinación de la administración electrónica.
m) La regulación, el diseño, explotación y mantenimiento de los registros, sistemas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos precisos para el desarrollo de las funciones y la prestación de los servicios relacionados con las materias específicas de su competencia.
n) La implementación y desarrollo de la política y planificación estratégica del Gobierno de Castilla-La Mancha, en materia de digitalización y transformación digital del sector público, de la sociedad y de la economía; así como en materia de ciberseguridad y seguridad de la información.
ñ) La implementación y desarrollo de la política y planificación estratégica y de acción en materia de telecomunicaciones, infraestructuras digitales y medios audiovisuales.
o) El desarrollo, impulso, coordinación y control de la ejecución en materia de función pública.
p) La dirección, ordenación, coordinación y desarrollo en materia de archivos públicos de la Comunidad Autónoma. q) Las relaciones institucionales con los Colegios Profesionales y sus Consejos y la gestión de los registros correspondientes.
r) El desarrollo, coordinación y control de la ejecución de las políticas públicas en materia de administración local. s) Cooperar con las Entidades Locales de Castilla-La Mancha en la financiación de inversiones de obras y equipamientos de competencia local para atender actuaciones urgentes e incidencias imprevisibles.
t) La coordinación de las Policías Locales y la formación, a través de Escuela de Protección Ciudadana de Castilla- La Mancha, de las personas pertenecientes a los cuerpos de policía local, a las agrupaciones de voluntariado de protección civil, cuerpos de prevención y extinción de incendios y otros colectivos incluidos en el Sistema Nacional de Protección Civil.
u) La dirección, planificación, coordinación y promoción de la protección civil.
v) La ordenación, impulso, dirección y coordinación del ejercicio de las competencias en materia de espectáculos públicos.
w) La dirección, planificación, impulso y coordinación de la calidad de los servicios.
x) La administración, gestión y control de los servicios de atención al ciudadano y del registro único
y) La elaboración, control y publicación del Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
z) La gestión del registro y protectorado de fundaciones, así como del registro de asociaciones.
aa) La infraestructura de los procesos electorales autonómicos y las relaciones con las Juntas Electorales.
ab) La tramitación del nombramiento de los Notarios y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles.
ac) Cualesquiera otras de naturaleza análoga a las enumeradas anteriormente que no hubieran sido atribuidas expresamente a otro órgano o ente de la Comunidad Autónoma.

Funciones y Competencias de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Coordinación del FEDER

A la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Coordinación del FEDER, con rango orgánico de Viceconsejería, le corresponden con carácter general las competencias relativas al diseño y ejecución de la política financiera, gestión del tesoro y coordinación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), incluyendo las siguientes funciones:
1. En materia de Política Financiera:
1.1. En el área de endeudamiento y financiación:
a) El estudio, propuesta y programación del endeudamiento interior y exterior de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) Gestión financiera, administrativa y presupuestaria de las emisiones de deuda pública, empréstitos, préstamos, créditos y productos derivados de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
c) Propuesta de autorización y supervisión de los límites cuantitativos del sector público regional, de acuerdo a la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacional y Regional.
c) Análisis, asesoramiento, propuesta de autorización y supervisión del endeudamiento de las entidades e instrumentos financieros integrados en el sector público regional, de acuerdo a la definición y delimitación del Sistema Europeo de Cuentas Nacional y Regional.
d) Tramitación de las autorizaciones de garantías y avales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de acuerdo con las limitaciones establecidas en la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
e) Asistencia técnica a las inversiones en activos financieros en el sector público regional. 1.2. En el área de supervisión:
a) El desarrollo, gestión, coordinación, control, inspección, disciplina y sanción en materia de cajas de ahorro.
b) El seguimiento, desarrollo y control para el ejercicio de las competencias asumidas en materia de cooperativas de crédito.
c) En materia de mediación de seguros privados, su gestión, control, inspección y sanción.
d) La gestión del registro y supervisión de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios que operen en el ámbito territorial de Castilla-La Mancha.
1.3. En el área de relación y comunicación con las entidades del sector financiero:
a) Relación con el Banco de España.
b) Relación con el Instituto de Crédito Oficial y con el Banco Europeo de Inversiones, con el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa y resto de organismos multilaterales de financiación.
c) Relación con las Agencias de Calificación de Riesgos.
d) Relación con el resto de entidades oficiales en materias relacionadas con la Política Financiera y de mediación de seguros privados de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
e) Coordinación de los convenios con entidades financieras firmados por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y sus entes instrumentales y emisión de informes previos a su formalización.
f) Sin perjuicio de lo establecido en el apartado i) del artículo 12.1, con carácter general, las relaciones con las entidades financieras que operen en Castilla-La Mancha.
2. En materia de tesorería:
a) Ingreso de los derechos y ordenación de pagos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
b) Gestión de tesorería y elaboración de la propuesta del Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería General. c) Establecimiento de las directrices en materia de pagos de los organismos dependientes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
d) Confección del presupuesto de tesorería.
e) Tramitación y ejecución de las órdenes de retención de pagos dictadas en procedimientos administrativos y judiciales.
f) Demás funciones atribuidas por la normativa vigente en materia de cobro y pagos a la Tesorería General.
g) Optimización de los recursos financieros de la Tesorería General.
h) Planificación y gestión de los depósitos bancarios de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y coordinación de las operaciones financieras activas respecto del resto del sector público regional.
i) Dirección y Coordinación de la Caja General de Depósitos.
j) Servir al principio de unidad de caja mediante la centralización de fondos y valores generados por obligaciones presupuestarias y extrapresupuestarias.
3. En materia de fondos europeos:
a) Ejercer de responsable del Programa FEDER de Castilla-La Mancha con la condición de Organismo Intermedio Coordinador frente a la Autoridad de Gestión del FEDER y la Comisión Europea.
b) El análisis de los escenarios presupuestarios, así como la coordinación y seguimiento del proceso presupuestario y de los flujos financieros que derivan de los planes y programas financiados con el FEDER.
c) La elaboración y modificación de planes y programas del FEDER.
d) La coordinación, gestión, seguimiento y evaluación del conjunto de planes, programas e iniciativas relacionadas con el FEDER.
e) El apoyo técnico al conjunto de la Administración de la Comunidad Autónoma en la elaboración y presentación de la documentación requerida por los planes y programas relacionados con FEDER.
f) Descripción de funciones y procedimientos de los sistemas de gestión y, realización de controles del FEDER.
g) Solicitud de reembolsos y anticipos derivados de gestión del Programa FEDER.
h) Cualquier otra competencia en materia de desarrollo regional atribuida a los fondos FEDER en territorio regional, así como en colaboración con el área de política financiera, informar las inversiones canalizadas a través de los instrumentos financieros diseñados por la Comisión europea cuyo destino sea el desarrollo regional.

 

Funciones y Competencias de la Dirección General de Presupuestos

A la Dirección General de Presupuestos le corresponden las siguientes funciones:
1.- En materia de presupuestos:
a) La coordinación financiera y presupuestaria del sector público regional.
b) La elaboración de los marcos presupuestarios a medio plazo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. c) Los estudios y trabajos previos de elaboración del anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
d) La tramitación de los expedientes de créditos extraordinarios y suplementos de crédito.
e) La elaboración de las plantillas presupuestarías del personal al servicio de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha.
f) El seguimiento e impulso de la ejecución de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla- La Mancha y del cumplimiento de las disposiciones de carácter presupuestario
2.- En materia de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera: el ejercicio de las competencias que se deriven de la aplicación, en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de la legislación estatal y autonómica sobre la materia, sin perjuicio de las que correspondan a otros órganos.

3.- En materia de financiación autonómica:
a) El análisis y seguimiento del sistema de financiación autonómica y de los fondos destinados a financiar las competencias de la Comunidad Autónoma.
b) La participación en comisiones y grupos de trabajo, dentro de la actividad del Consejo de Política Fiscal y Financiera. 
c) El estudio y evaluación de los recursos vinculados a los traspasos de competencias y servicios y su incorporación al presupuesto.

 

Funciones y Competencias de la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego

1.- A la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego le corresponden, en el ámbito de la aplicación de los tributos y en materia recaudatoria, las siguientes funciones:
a) La dirección, coordinación e impulso de la aplicación de los tributos propios y de los cedidos por el Estado, de conformidad con su normativa específica.
b) La inspección de los tributos propios y cedidos.
c) La gestión recaudatoria de los ingresos de naturaleza pública en período ejecutivo en todo caso y en período voluntario según lo dispuesto en la normativa en materia de recaudación.
d) La interposición, el inicio, la tramitación y la resolución de los procedimientos de revisión en vía administrativa, de conformidad con la normativa de aplicación.
e) La interposición de conflictos, respecto de los tributos cedidos por el Estado, ante la Junta Arbitral prevista en la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas.
f) El estudio y, en su caso, la propuesta de la normativa en materia tributaria y recaudatoria.
g) La interpretación de la normativa tributaria, la contestación a las consultas tributarias y la emisión de los informes que tenga asignados por la normativa específica.
h) Las relaciones con la Administración del Estado y el resto de las Administraciones Públicas en el ámbito tributario. i) La relación con las entidades de crédito en el ámbito de la colaboración de la recaudación y de la prestación del servicio de caja.
j) La dirección, gestión y seguimiento de las actuaciones realizadas en el ámbito de la administración tributaria electrónica, y en especial el desarrollo, implantación, mantenimiento y actualización de sistemas de información necesarios en materia tributaria, incluido el desarrollo y gestión del Registro Electrónico Tributario.
2.- En materia de casinos, juegos y apuestas y en el ámbito de la Comunidad Autónoma, le corresponde el ejercicio de las funciones específicas siguientes:
a) La concesión de las autorizaciones de instalación de los establecimientos de juego, así como la declaración responsable de puesta en funcionamiento de estos y de los casinos de juego.
b) La concesión de los títulos habilitantes para constituir, modificar y extinguir las empresas relacionadas con las actividades de juego y apuestas, así como su inscripción.
c) La homologación, autorización y registro de las máquinas y del material de juego.
d) El ejercicio de la potestad sancionadora en los términos previstos en la normativa sobre la materia. e) La tramitación y propuesta de resolución de los procedimientos de recursos administrativos.

Funciones y Competencias de la Intervención General

A la Intervención General de la Junta de Comunidades, con nivel orgánico de Viceconsejería, le corresponden las funciones previstas en los títulos V y VI del texto refundido de la Ley de Hacienda de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y las previstas en el Decreto 10/2016, de 23 de marzo, por el que se regula la estructura y funciones de la Intervención General de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

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