Centros y Cursos de Formación de Conductores para el CAP
En el territorio de Castilla La Mancha, los cursos necesarios del Certificado de aptitud profesional de conductores de transporte (CAP), para obtener la formación inicial (ordinaria y acelerada) y la formación continua únicamente podrán ser impartidos en centros autorizados por la Viceconsejería (Consejería de Fomento) y deberán ajustarse a un modelo previamente homologado por el órgano administrativo que autorizó el centro.
SOLICITUD DE AUTORIZACIÓN
Cómo
En modelo normalizado, dirigido a la Viceconsejería (Consejería de Fomento).
Dónde
Preferentemente, en los Servicios Periféricos y en los Servicios Centrales de la Consejería de Fomento, o en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Validez
Una vez el centro esté autorizado, la validez de dicha autorización estará condicionada al cumplimiento continuado de las condiciones exigidas para su otorgamiento.
Cursos de Formación de Conductores para el CAP
En el territorio de Castilla La Mancha, los cursos necesarios para obtener la formación inicial y la formación continua únicamente podrán ser impartidos en centros autorizados por la Viceconsejería (Consejería de Fomento) y deberán ajustarse a un modelo previamente homologado por el órgano administrativo que autorizó el centro.
Validez de la homologación
Será de 5 años. El órgano competente, a petición del centro de formación, podrá prorrogarla por sucesivos periodos de 5 años cuando entienda que su contenido y características continúan siendo adecuados.
SOLICITUD DE HOMOLOGACIÓN
Cómo
El centro que quiera solicitar la homologación de un curso de formación, deberá cursar la solicitud a través de la página web del Ministerio de Fomento, en el apartado de Oficina Virtual / Transportes por carretera. adjuntando a la solicitud una memoria que constará de:
- El programa desarrollado de conocimientos que serán impartidos en el curso. Dicho programa tomará como base la tabla de materias contenida en el anexo I del RD 1032/2007 y la Orden FOM/2607/2010, todas las cuales deberán figurar en el programa.
- Duración del curso y de cada uno de los módulos o partes que en él intervengan.
- Número de horas dedicadas a prácticas de conducción, indicando, en su caso, las realizadas en simuladores de alto nivel.
- Materias que impartirá cada profesor en función de su especialización, y su titulación o nivel de experiencia.
- Número máximo de alumnos que podrán concurrir al curso (nunca más de 20 alumnos).
Al objeto de facilitar la presentación de documentación, los solicitantes podrán encontrar en el área de descargas modelos de programas y cronogramas, que le pueden servir de ayuda.
Cronogramas CAP
Programas CAP