Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público de personas en vehículos de turismo.
De conformidad con el artículo 31.1.4.ª del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva sobre ferrocarriles, carreteras y caminos cuyo itinerario se desarrolle íntegramente en el territorio de la Región y, en los mismos términos, los transportes terrestres.
En virtud de dicha competencia, se aprobó la Ley 14/2005, de 29 de diciembre, de Ordenación del Transporte de Personas por Carretera en Castilla-La Mancha, que habilita al Consejo de Gobierno en su disposición final segunda a “dictar cuantas disposiciones reglamentarias sean necesarias en orden a la adecuada aplicación de esta Ley”.
Con fecha 7 de abril de 2016, la Consejera de Fomento dictó Resolución por la que se autoriza la tramitación del proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los servicios de transporte público de personas en vehículos de turismo, considerándolo de especial relevancia por sus repercusiones sociales, económicas y vertebración del territorio y con la finalidad de actualizar el régimen de esta clase de servicios, adecuando su regulación a la nueva realidad jurídico-sociológica, y en definitiva, conseguir una mejora efectiva en las condiciones de prestación del servicio que, por un lado, favorezca a los profesionales del sector y, por otro, consiga mantener y aun incrementar los niveles de calidad en la atención dispensada a los usuarios
De conformidad con el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 12.1 c) y d) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, publicarán las memorias e informes que conformen los expedientes de elaboración de los textos normativos.
Documentación Relevancia Jurídica Proyecto Decreto Reglamento Taxi