Proyecto de Decreto para la aprobación de la estrategia regional de infraestructura verde, conectividad y restauración ecológica
La Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad hasta 2020, aprobada en 2011 incluía, entre sus objetivos, el «mantenimiento y mejora de ecosistemas y servicios ecosistémicos no más tarde de 2020 mediante la creación de una infraestructura verde y la restauración de al menos el 15% de los ecosistemas degradados». Esto implica, entre otras consideraciones, que los estados miembros de la Unión Europea cartografiarán y evaluarán el estado de los ecosistemas y sus servicios en sus respectivos territorios, calcularán el valor económico de dichos servicios y promoverán la integración de ese valor en los sistemas de contabilidad e información a nivel nacional y europeo no más tarde de 2020. Con su reciente actualización, la Estrategia de la Unión Europea sobre Biodiversidad para 2030, aprobada en 2020 reconoce nuevamente y refuerza el desarrollo de la infraestructura verde como una de las herramientas principales para el logro de los objetivos medioambientales de la Unión Europea.
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, tras la modificación introducida por la Ley 33/2015, de 21 de septiembre, establecía en su artículo 15.1 que: “(…) Para garantizar la conectividad ecológica y la restauración del territorio español, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, con la colaboración de las comunidades autónomas a través de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, y de otros ministerios implicados, elaborará, en un plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente ley, una Estrategia estatal de infraestructura verde y de la conectividad y restauración ecológicas, que incorporará una cartografía adecuada que permita visualizar gráficamente la misma. (…)”. Habiéndose aprobado esa Estrategia estatal a través de la Orden PCM/735/2021, de 9 de julio (BOE n º 166 de 13 de julio de 2021), las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 “Del Marco estratégico de la Infraestructura Verde y de la conectividad y restauración ecológicas” de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y la Biodiversidad, en su modificación por la Ley 33/2015, desarrollarán, en un plazo máximo de tres años a contar desde la aprobación de la Estrategia Nacional, las respectivas Estrategias regionales
Estado de tramitación
2. Informe resultados consulta publica infraestructura verde
3. Anexo informe consulta publica infraestructura verde
4. Memoria analisis de impacto normativo infraestructura verde
5. Acuerdo de inicio infraestructura verde
6.1. Anexo Informe final, infraestructura verde
Avances en los trabajos