Proyecto de Decreto de medidas para facilitar el acceso a viviendas sujetas a algún tipo de protección pública
La situación del mercado inmobiliario de la Región, y en particular del que se refiere a las viviendas sujetas a algún tipo de protección pública, se mantiene en el seno de una difícil coyuntura que se concreta en una falta de correlación entre la oferta y la demanda en este concreto ámbito.
Hoy día la correlación de precios de venta entre este tipo de viviendas y las pertenecientes al mercado libre no ha llegado todavía a un punto en que aquellas cumplan su verdadera función, que no es otra que la de intervenir en el mercado inmobiliario procurando un acceso a la vivienda efectivo para todos los ciudadanos. La supresión de ayudas a la adquisición de vivienda protegida llevada a término por el Gobierno de España en pasados años, y finalmente las dificultades de acceso al crédito para gran parte de la población, han dificultado sobremanera la adquisición de este tipo de viviendas en nuestra Región, dibujando un stock de viviendas que a día de hoy resulta notorio y relevante en nuestra Comunidad Autónoma.
Ante esta realidad, con el mandato dirigido a los poderes públicos en el artículo 47 de nuestra Constitución de promover cuantas actuaciones resulten precisas para lograr la más efectiva realización del derecho de acceso a la vivienda, se hace necesario articular medidas que logren adecuar los requisitos subjetivos de acceso a este tipo de viviendas, siendo conscientes de que las mismas así como las políticas de las que se nutren son un elemento fundamental para la satisfacción de dicho derecho.
Así, frente a medidas anteriores que han tratado de paliar esta realidad, como las articuladas en el seno del Plan Estatal de Fomento del Alquiler de viviendas, la rehabilitación edificatoria y la regeneración y renovación urbanas, 2013-2016, hoy prorrogado por un año, con la tramitación del decreto se trata de incidir en los requisitos que se exigen a los posibles adquirentes en primera transmisión de este tipo de vivienda, en tanto en cuanto se mantenga la realidad descrita, adecuar los mismos a la situación presente, procurar el efectivo destino de estos recursos habitacionales a favor de los ciudadanos y evitar situaciones de desocupación de viviendas y en definitiva de pérdida del destino que les es propio.
De conformidad con el artículo 12.1 c) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, se procede a la publicación del proyecto de reglamento, sin que ello suponga, necesariamente, la apertura de un trámite de audiencia pública.
Documentos borrador Decreto medidas para facilitar el acceso a viviendas sujetas a algún tipo de protección pública